GUĆRICO / La Planta de Cemento San SebastiĆ”n de los Reyes, estĆ” ubicada al sur del estado Aragua, colindante con San Juan de los Morros, constituyĆ©ndose en un grave problema de Salud pĆŗblica al no controlar con filtros la salida del humo permanente siendo esta una de las tres empresas adscritas a la CorporaciĆ³n Socialista de Cemento, Consorcio de Industria Venezolana de Cemento (Invecem).
Esta planta lleva en funcionamiento 28 aƱos, desde el aƱo 1993 hasta el 2008 fue dirigida, por la empresa suiza Holcim, en este tiempo represento una de las mayores empresas productoras de cemento en el mundo, luego el fallecido presidente Hugo Rafael ChĆ”vez FrĆas ordena la expropiaciĆ³n y la nacionaliza en Venezuela.
En consecuencia lleva 13 aƱos bajo la administraciĆ³n del estado Venezolano, siendo un foco principal de contaminaciĆ³n y enfermedades, esta compaƱĆa trabaja con hornos que requieren una enorme cantidad de energĆa para su funcionamiento, asimismo durante el proceso de producciĆ³n, expulsa partĆculas de polvo,Ā gases como diĆ³xido de azufre, Ć³xidos de nitrĆ³geno, monĆ³xido y diĆ³xido de carbono. Asimismo cloruros, fluoruros, compuestos orgĆ”nicos tĆ³xicos y metales pesados.
Actualmente, esta empresa no cuenta con filtros de purificaciĆ³n, ni estrategias ambientalista tambiĆ©n mantiene un flujo constante de humos contaminantes, esto ha generado diversas complicaciones de salud y a las personas cercanas a la zona.
AdemĆ”s su proceso de incineraciĆ³n, es realizado bajo esquemas de sustituciĆ³n , para disminuir el uso de cauchos y carbĆ³n, por el uso de desechos, sin embargo estos procesos de cocciĆ³n producen dioxinas y furanos, considerados contaminantes orgĆ”nicos nocivos para la salud.
SegĆŗn la OMS las dioxinas y furanos son de los compuestos mĆ”s tĆ³xicos que existen, se disuelven en el tejido adiposo humano y se acumulan a lo largo del tiempo, incrementando asĆ el riesgo para la salud con los aƱos, causantes de graves enfermedades entre ellas el cĆ”ncer.
Por otra parte segĆŗn el artĆculo 127 de la ConstituciĆ³n de RepĆŗblica Bolivariana de Venezuela, establece āEl Estado protegerĆ” el ambiente, la diversidad biolĆ³gica, los recursos genĆ©ticos, los procesos ecolĆ³gicos, los parques nacionales y monumentos naturales y demĆ”s Ć”reas de especial importancia ecolĆ³gica. El genoma de los seres vivos no podrĆ” ser patentado, y la ley que se refiera a los principios bioĆ©ticos regularĆ” la materia.ā
En tal sentido lugareƱos hacen un llamado a las autoridades gubernamentales, y al Ministerio Publico (MP) a que se apertura una investigaciĆ³n, y se consideren acciones ambientalistas para atenuar y disminuir los factores de riesgos.