El Nacionalista

30 de abril de 2024
15:58

Facturas de Corpoelec no incluyen servicio de aseo urbano

Desde el año pasado habitantes de diferentes regiones del país, entre ellas: Anzoátegui, Mérida, Vargas, La Guaira y Guárico, han manifestado por diferentes medios digitales y redes sociales su inconformidad por el cobro de relleno sanitario en las tarifas del servicio eléctrico que cobra la Corporación Eléctrica Nacional (CORPOELEC).

En una rueda de prensa organizada por el alcalde del municipio Leonardo Infante en el estado Guárico, Ramón Piñango, donde estuvo presente el representante regional del Ministerio del Poder Popular para el Ecosocialismo, Marcos De Córdoba y el diputado del Consejo Legislativo del estado Guárico, Maykel Álvarez, se aclararon todas las interrogantes sobre esta recaudación.

El alcalde Piñango explicó que una cosa es el impuesto cobrado por las Alcaldías y otro es el que aparece reflejado en la factura de electricidad, indicó que el ayuntamiento cobra el impuesto de aseo urbano mientras que Corpoelec factura por el relleno sanitario que es una normativa del Ministerio del Poder Popular para el Ecosocialismo.

Marcos De Córdoba destacó que las Alcaldías establecen el cobro de acuerdo a lo estipulado en el numeral 4 del artículo 178 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Mientras que el aval jurídico de este canon para efectuarse a través de Corpoelec, se encuentra reflejado en el numeral 1 del artículo 8 de la ley de Gestión Integral de la Basura que tiene más de 13 años promulgada, donde describen que los Estados y el Distrito Capital tienen la obligación de cumplir con los lineamientos del plan nacional de manejo Integral de residuos y desechos sólidos a través de la prestación de un servicio de transferencia y disposición final de desechos sólidos con la previa aprobación de la Autoridad Nacional Ambiental.

Según detalló De Córdoba, este servicio podrá ser prestado por asociaciones cooperativas, empresas privadas, propiedad social o comunitaria y otros entes, mediante contrato de concesión y por cualquier otra modalidad “que las Gobernaciones estimen convenientes, de acuerdo a las normativas sobre licitaciones, contrataciones y concesiones de obras y servicios”.

El representante de Ecosocialismo en la región llanera, señaló que en el caso del estado Guárico, específicamente los municipios Francisco de Miranda, Juan Germán Roscio y Leonardo Infante, el contrato de servicios lo tiene la empresa Ecosoluciones Quinto Objetivo C.A. en conjunto con la administradora SERDECO C.A. que se apoyan en el servicio de facturación de la Estatal Eléctrica; pero pudiendo ser otro el ente recaudador.

El mismo ejemplarizó que en el Distrito Capital los habitantes tienen años cancelando este servicio que nada tiene que ver con el de aseo urbano y en el caso de Guárico no se había iniciado hasta no haber terminado la adecuación necesaria.

 

Texto: Adolfo Pérez CNP 13.233

Fotos: José Guerra

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