Gaceta Oficial 42.880: Ejecutivo Nacional fija tasa de contribución del 9% para empresas privadas al Fondo de Pensiones, anclado al ingreso mínimo de $130.

En Gaceta Oficial 42.880, el Ejecutivo Nacional estableció en 9% la tasa de contribución especial por parte de las empresas privadas al nuevo Fondo de Pensiones. Dicho monto, estará anclado alingreso mínimo integral indexado, que se fijó el pasado 1 de mayo en 130 dólares.

De acuerdo con el decreto número 4.952, de fecha 16 de mayo, la Ley de Protección a las Pensiones de Seguridad Social, quedan exonerados del pago mensual de dicho aporte aquellos emprendimientos que se encuentren «debidamente registrados ante el Registro Nacional de Emprendimiento (RNE)».

Bajo este orden de ideas, señaló que los beneficiarios de la exoneración, prevista en este decreto, «no estarán sujetos al deber formal de declarar los pagos realizados a las trabajadoras y trabajadores, durante la vigencia del beneficio».

El gobierno ha emitido un decreto que exime a los emprendimientos debidamente registrados del pago de una tasa de contribución especial al Fondo de Pensiones.

Además, los beneficiarios de esta exoneración no estarán sujetos al deber formal de declarar los pagos realizados a sus empleados durante la vigencia del beneficio. Esta medida podría representar un alivio significativo para las empresas emergentes que luchan por mantenerse a flote en un entorno económico desafiante.

El decreto, que entró en vigor con la publicación de la Gaceta Oficial, tiene una duración máxima de un año. Esto proporciona a los emprendimientos un respiro temporal de la carga financiera, permitiéndoles centrarse en la innovación y el crecimiento.

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Esperamos que esta medida incentive a más personas a embarcarse en el camino del emprendimiento y contribuya al crecimiento económico del país.

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